Ayuda Laboral

Llega un momento en que una persona afectada por una enfermedad degenerativa de la retina, se encuentra con la necesidad, o se plantea, sí puede seguir trabajando en su oficio habitual.

Habblamos entonces de la opción de pedir una PENSION DE INCAPACIDAD PERMANENTE. A continuación os damos las explicaciones básicas.

Fuente: Página de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45982)

Objeto:

Es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.

Beneficiarios:

Las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos para cada grado de incapacidad.

Grados:
  • Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
  • Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta.
  • Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador  para toda profesión u oficio.
  • Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Requisitos:

Dependiendo del grado de incapacidad, se exigen unos requisitos generales y de cotización. Si la incapacidad deriva de accidente sea o no de trabajo o de enfermedad profesional no se exigen cotizaciones previas.

Cuantía:

Está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad permanente reconocido.

  • Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
  • Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
  • Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.
  • Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.

Si por el contrario, se trata de buscar un nuevo trabajo, también hay que saber que la persona que os contrate puede obtener beneficios por ello,  teniendo en cuenta que para determinados trabajos, sí la deficiencia visual todavía no es muy acusada, el rendimiento no se va a ver reducido.

Importante es también saber que el derecho asiste a los trabajadores con diversidad funcional para seguir ejerciendo su profesión, si para ello sólo son necesarias determinadas adaptaciones de su puesto de trabajo, ya que también en este apartado, el Estado proporciona subvenciones a los empresarios.

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